Abogado especialista en Accidentes de Tráfico & Responsabilidad Civil.
indemnización por atropello a peatón
Reclamación de indemnización por atropello a peatón
En JDV ABOGADOS nos componemos de abogados especialistas en accidentes de tráfico y otros profesionales (médicos y peritos) con más de 15 años de experiencia, que se encargarán de asesorarle desde el principio con el objetivo de hacer valer sus derechos y ser indemnizado como consecuencia del accidente que hayas sufrido.
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Equipo jdv
Jordi Calabia Reixach
Abogado especialista en Accidentes Laborales & Derecho Laboral.
Carla Martí Llado
Abogado especialista en Accidentes de Tráfico & Responsabilidad Civil.
Ignacio Gil Toscano
Abogado especialista en Accidentes Laborales & Derecho Laboral.
Teresa Raurell
Tramitadora especializada en accidentes de tráfico y laborales.
Si usted es un peatón y ha sido atropellado por un vehículo, tiene derecho a ser indemnizado por los daños que le hayan ocasionado.
Es importante tener en cuenta que para optar a una indemnización en el momento de producirse el accidente cómo peatón debía estar circulando por una zona habilitada para peatones. Si circulaba por un lugar donde no debiera (no cruzar por un paso de peatones o cruzar un semáforo en rojo), entonces su conducta será considerada incorrecta y no tendrá derecho a ser indemnizado, a no ser que el conductor también hubiera actuado de forma indebida (ejemplo circular a una velocidad superior a la permitida), y en este caso existirá una concurrencia de culpas.
Un niño menor de 14 años y personas con discapacidad física, sensorial y/o intelectual no será responsable de los accidentes que causen y tienen derechos a que se les indemnice, aunque sean considerados “culpables del accidente”.
En un atropello el sistema empleado para determinar la indemnización es el mismo que en cualquier otro accidente de tráfico, siendo de aplicación los valores económicos previstos en el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
La cuantía de la indemnización por daños personales se fijará atendiendo a la gravedad de las lesiones y los días de recuperación.
- Perjuicio personal básico: incluye los días que pasen entre el accidente y el alta de la rehabilitación médica. Se fija una cantidad fija diaria. En el año 2022 esta cantidad asciende a 32,91€/día.
- Perjuicio personal moderado: se indemniza por la pérdida de la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de las actividades específicas de desarrollo personal. En el año 2022 esta cantidad asciende a 57,04€/día.
- Perjuicio personal grave: se indemniza por los días en los que el atropellado tuviera una pérdida de la autonomía personal para realizar algunas de las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o la mayor parte de sus actividades específicas de desarrollo personal. También incluye la pérdida respecto de la posibilidad de realizar actividades laborales o profesionales. En el año 2022 esta cantidad ascienden a 82,28 €/día.
- Perjuicio personal muy grave: se indemniza por la pérdida para poder desarrollar casi la totalidad de las actividades esenciales y ordinarias diarias. En el año 2022 esta cantidad ascienden a 109,70€/día.
- Perjuicio por intervención quirúrgica: se trata de una indemnización para aquellos supuestos en los que el atropellado se someta a una o varias operaciones quirúrgicas. Se indemniza por cada operación a la que se sometiera el perjudicado. Las indemnizaciones ascienden entre los 438,80€ y los 1.755,21€ atendiendo al tipo y gravedad de la operación.
- Secuelas: La indemnización por pérdida de calidad de vida tiene por objeto compensar el perjuicio moral particular que sufre la víctima por las secuelas que impiden o limitan su autonomía personal para realizar las actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria o su desarrollo personal mediante actividades específicas.
- Gastos derivados del accidente (daño emergente): son aquellos gastos ocasionados como consecuencia del siniestro y que el atropellado se ve obligado a asumir (gastos de asistencia médica; ropa de vestir; teléfono móvil; entre otros).
- Lucro cesante: se trata de aquella ganancia que el perjudicado deja de percibir como consecuencia de daños ocasionados por terceros. El ejemplo más habitual son los salarios no percibidos por imposibilidad de trabajar.
Primero de todo deberán curarse y estabilizarse las lesiones. En caso de ir a rehabilitación deberán darle la alta médica definitiva. Es ahí cuando se puede llevar a cabo una cuantificación definitiva del daño causado. Hay que tener en cuenta que en lesiones graves en ocasiones las compañías aseguradoras avanzan parcialmente la indemnización. Estas cantidades se podrán aceptar y no verá restringido nuestro derecho de continuar reclamando cantidades mayores.
No obstante ello, durante el tiempo en que aún el accidentado se encuentre de baja se deberá llevar a cabo un seguimiento del tratamiento médico y mantener una comunicación fluida con la compañía aseguradora. También se deberán a cabo otras actuaciones como la localización y obtención del atestado policial.
Estabilizadas las lesiones y obtenida la alta médica definitiva deberá facilitarse a la compañía aseguradora el expediente médico, y dispondrá de un plazo de 3 meses para proporcionar una oferta motivada. Una vez recibida la oferta puede suceder lo siguiente:
- Que la oferta sea adecuada. En este caso se aceptará la indemnización y será inmediatamente indemnizado.
- Que la oferta sea suficiente. Deberemos negociar amistosamente con la aseguradora al objeto de aumentar la oferta. Si no aceptamos la oferta y las negociaciones no resultan favorables, entonces interpondremos reclamación judicial reclamando no solamente la indemnización que tenemos derecho a percibir, sino que también reclamaremos los intereses generados.
¿Por qué elegirnos?
- En JDV ABOGADOS nos componemos de abogados y médicos especializados en la reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico.
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- Calidad humana en la gestión del asunto y empatía hacia nuestros clientes.
- Contacto y soporte continuo durante todo el proceso.
Cómo trabajamos
- Primera consulta gratuita con un abogado especialista quién analizará la viabilidad de su caso y valorará la indemnización que puede percibir.
- Sólo cobramos si tú eres indemnizado.
- Un médico llevará a cabo la valoración de los daños sufridos y cuantificará la indemnización.
- Contactamos de forma amistosa con la aseguradora contraria y reclamamos el pago de la indemnización.
- De ser necesario interponemos reclamación judicial para que seas indemnizado.
Consejos si usted ha sido atropellado
- Llamar a los servicios de urgencias (112) y a Guardia Urbana o Mossos d’Esquadra. Es importante disponer de documentos oficiales que detallen el accidente sufrido.
- Si el conductor causante del accidente no asumiera su responsabilidad y no quisiera firmar la declaración amistosa de accidente, recomendamos contactar con la Guardia Urbana o Mossos d’Esquadra.
- Recabar pruebas de la existencia del accidente y las causas que lo han originado.
- Entre otros deberemos sacar fotografías del lugar y los daños producidos.
- Si la ambulancia no nos acerca al CAP u Hospital correspondiente deberemos acudir al centro médico más cercano para llevar a cabo y dejar registrada una valoración y existencia de daños físicos.