Abogado especialista en Accidentes de Tráfico & Responsabilidad Civil.

Reclamación de indemnización por accidente de tráfico
En JDV ABOGADOS nos componemos de abogados especialistas en accidentes de tráfico y otros profesionales (médicos y peritos) con más de 15 años de experiencia, que se encargarán de asesorarle desde el principio con el objetivo de hacer valer sus derechos y ser indemnizado como consecuencia del accidente que hayas sufrido.
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Si has sufrido un accidente de tráfico y la culpa recae sobre el otro conductor, usted tiene derecho de percibir una indemnización por los daños y perjuicios sufridos. Usted puede reclamar daños materiales y personales, así como otros gastos generados.
Los daños materiales son los desperfectos que ha sufrido el vehículo en el accidente de tráfico.
Lo primero que deberá hacer es trasladar el vehículo accidentado a su taller de confianza y ponerlo en conocimiento de la compañía aseguradora para que lleven a cabo una peritación de los daños. Si la compañía aseguradora del vehículo responsable asumiera la culpa asumirá el pago de la reparación del vehículo. Si la compañía aseguradora no reconociera la culpa entonces tendrás dos opciones: a) Abonar el coste de la reparación y reclamarla posteriormente a la compañía aseguradora para su reintegro; b) obtener un presupuesto de la reparación del vehículo, o en su caso copia de la peritación de los daños y reclamarlo a la compañía aseguradora.
Es importante tener en cuenta que los daños del vehículo serán abonados siempre y cuando:
Si has sufrido un accidente de tráfico y has resultado lesionado, ya fuere como conductor, ocupante de los vehículos accidentados o un peatón, tienes derecho a percibir una indemnización por distintos conceptos.
La cuantía de la indemnización por daños personales se fijará atendiendo a la gravedad de las lesiones y los días de recuperación.
La indemnización que percibirá el perjudicado como consecuencia de un accidente de tráfico será la resultante de aplicar los valores y conceptos previstos en el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Primero de todo deberán curarse y estabilizarse las lesiones. En caso de ir a rehabilitación deberán darle la alta médica definitiva. Es ahí cuando se puede llevar a cabo una cuantificación definitiva del daño causado. Hay que tener en cuenta que en lesiones graves en ocasiones las compañías aseguradoras avanzan parcialmente la indemnización. Estas cantidades se podrán aceptar y no verá restringido nuestro derecho de continuar reclamando cantidades mayores.
No obstante ello, durante el tiempo en que aún el accidentado se encuentre de baja se deberá llevar a cabo un seguimiento del tratamiento médico y mantener una comunicación fluida con la compañía aseguradora. También se deberán a cabo otras actuaciones como la localización y obtención del atestado policial.
Estabilizadas las lesiones y obtenida la alta médica definitiva deberá facilitarse a la compañía aseguradora el expediente médico, y dispondrá de un plazo de 3 meses para proporcionar una oferta motivada. Una vez recibida la oferta puede suceder lo siguiente:
La compañía aseguradora te ofrezca una indemnización menor de la que mereces. Por eso es tan importante no conformarse ni firmar nada sin haber visitado antes a nuestro equipo de abogados. La indemnización por accidente en Barcelona puede variar notablemente si dejas tu caso en manos de expertos en esta rama del derecho que velen por tus intereses, como es nuestro bufete. ¿Quieres reservar una cita con nosotros y contarnos qué te ha ocurrido?
Nuestro despacho está formado por un gran equipo de abogados especializados en todas las ramas del derecho que pueden respaldar y complementar, si fuera necesario, la gran labor que desarrollarán nuestros abogados especialistas en accidentes de tráfico. Recibirás una dedicación total llevada a cabo por profesionales con más de 15 años de experiencia en este campo y que siempre trabajarán para conseguir una indemnización justa y acorde al daño causado. Confía en nuestra excelente trayectoria profesional y ponte en manos de nuestro equipo si has sufrido un accidente de coche y quieres presentar una reclamación por lo ocurrido.
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Entre otros deberemos sacar fotografías del lugar y los daños producidos.
Preguntas Frecuentes
Esta es una de esas preguntas frecuentes que en muchas ocasiones nos hacemos demasiado tarde. En muchas ocasiones, no es hasta que se recibe una oferta del seguro ridículamente baja cuando decidimos acudir a un letrado esperando que consiga enderezar un expediente que él con su inacción ha convertido en un desastre (rehabilitación en un centro inadecuado, gastos mal acreditados, pruebas radiológicas no efectuadas, nexos causales rotos, plazos al límite del desastre, etc)
Asesórese por un profesional desde un principio y no le conceda tanta ventaja a la compañía de seguros.
Para poder percibir una indemnización por los daños o lesiones sufridas en un accidente de tráfico, lo principal será poder probar el hecho causante. Previo a la interposición de la demanda judicial, el perjudicado debe comunicar el siniestro a la aseguradora previo.
La aseguradora deberá satisfacer al perjudicado el importe de los daños personales y materiales sufridos en su persona, así como los gastos y otros perjuicios.
La aseguradora, en el plazo de 3 meses a contar desde la recepción de la reclamación del perjudicado, deberá presentar una oferta motivada de indemnización si entendiera acreditada la responsabilidad y cuantificado el daño. En caso contrario, o si la reclamación hubiera sido rechazada, dará una respuesta motivada.
El perjudicado o sus herederos tendrán acción directa para exigir al asegurador la satisfacción de los referidos daños, que prescribirá por el transcurso de un año.
La aseguradora no estará obligada a indemnizar cuando el perjudicado no pudiera acreditar el nexo causal de los daños con el siniestro producido.
Además, la aseguradora tiene el derecho de repetición de la aseguradora frente al asegurado, cuando los daños fueran causados dolosamente por el perjudicado, la inexistencia o agravación en la declaración del riesgo del asegurado, el impago de la prima, la falta o retraso de la comunicación del siniestro, entre otras.